#NormasLegales #EdiciónExtraordinaria
🗞 #SUBSIDIO | Anoche, el Gobierno
publicó el Decreto de Urgencia N° 079-2020 que otorga subsidio económico a los
prestadores del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito
provincial. En Cañete, la comuna provincial por 30 días se encargará de cumplir
con dicha disposición. Entérate aquí:
La norma difundida en la edición
extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano,
detalla que la finalidad del subsidio, además de promover el cumplimiento de
los protocolos sanitarios en el marco del proceso de reanudación de actividades
económicas, busca establecer un mecanismo que permita disminuir la afectación
económica a los prestadores del servicio de transporte terrestre regular de personas
de ámbito provincial, por el impacto económico y social ocasionado por el
covid-19.
La norma precisa que el subsidio
se calcula en función de los costos operativos, los que se determinan a través
de los kilómetros recorridos por las unidades de transporte público.
Establece, además, que no están
comprendidos en el subsidio económico autorizado en el presente Decreto de
Urgencia, los servicios de transporte terrestre regular de personas de ámbito
provincial, concesionados en el marco de las normas de promoción de la
inversión privada.
El subsidio económico en especie
(combustible) se canalizará a través de las municipalidades provinciales, y a
través de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).
La fecha de inicio de entrega del
subsidio, se establece mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva emitida por
la ATU para Lima y Callao, y por Resolución Ministerial emitida por el MTC,
para las municipales provinciales del presente anexo.
Dicho subsidio se otorga por el plazo de 30 (treinta)
días calendario contados a partir de la fecha de inicio establecida en las
citadas resoluciones.
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