((馃挼)) #Medida | Hoy se public贸, en el
diario oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia 081-2020, con el cual el Gore
Lima y municipalidades podr谩n contar con recursos para dinamizar inversiones y
la prestaci贸n de servicios, y lograr el resarcimiento efectivo a los deudos del
personal de la salud, fallecidos a consecuencia del Covid-19. Revisa la norma aqu铆:
Seg煤n el dispositivo, hasta que
acabe el a帽o fiscal 2020, El Gore Lima y municipios podr谩n utilizar hasta un
25% de los recursos, y saldos de
balance provenientes del canon, sobrecanon,
regal铆a minera y Fondo de Desarrollo Socioecon贸mico de Camisea (FOCAM).
Dichos recursos ser谩n destinados a garantizar la adecuada prestaci贸n de servicios en el marco de
sus competencias, en el contexto de la emergencia nacional por el Covid-19. “ESTA
PROHIBIDO UTILIZARLO PARA PAGO DE REMUNERACIONES O RETRIBUCIONES DE CUALQUIER
脥NDOLE”.
Gobiernos Regionales: Los
recursos solo financian las actividades de emergencia vinculadas a la
prevenci贸n, control, diagn贸stico y tratamiento de Coronavirus, con la finalidad
de garantizar la adecuada prestaci贸n de servicios de salud en el marco de sus
competencias.
Gobiernos Locales: Los recursos solo financian
el gasto en bienes y servicios vinculado a los servicios p煤blicos esenciales en
el marco de sus competencias, con la finalidad de garantizar la continuidad de
los servicios p煤blicos esenciales.
MUNICIPIOS RECIBIR脕N M脕S RECURSOS
Tambi茅n ha dispuesto la norma,
transferir recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Econom铆a y
Finanzas, para el financiamiento del gasto operativo esencial de los Gobiernos
Locales.
Ello se debe a la menor recaudaci贸n de ingresos
por las fuentes de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos
Determinados en los rubros Impuestos Municipales y Fondo de Compensaci贸n
Municipal (FONCOMUN), que vienen registrando por la medida de aislamiento
social dispuesta con la declaraci贸n de Estado de Emergencia Nacional declarado
por Decreto Supremo N潞 044-2020-PCM y sus pr贸rrogas.

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